Mantenimiento y reparación de la caldera en un piso de alquiler
El artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que el arrendador debe ser el que se encargue de todas las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad. Es en este sentido, que, a priori y sin considerar contratos con cláusulas especiales, el arrendador es quien debe pagar el mantenimiento y la reparación de la caldera en un piso de alquiler.
No obstante, como veremos a continuación, en caso de que la avería de la caldera sea pequeña o de que se haya firmado un contrato en el que se establece que el inquilino se va a hacer cargo de todos los gastos, ya que es posible que se den tantos contratos como relaciones entre inquilinos y arrendadores hay.
A continuación, detallamos, a partir de un estudio realizado por Reparalia, cuáles son las obligaciones que debe asumir el casero y cuáles el arrendatario según la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Responsabilidades del casero
Cuando nos referimos a que el casero debe hacerse cargo, entendemos, siempre, que no existe, en ningún caso, un mal uso por parte de la persona tomadora del contrato.
- Mantenimiento y reparación de averías de la instalación eléctrica, tuberías y calefacción. Y, también de suelos, techos, paredes y chimeneas
- Reparación y substitución del termo y de averías en electrodomésticos, excepto si se trata de averías menores. Normalmente se consideran averías menores aquellas que tienen un coste menor a 150 euros.
- Arreglo, renovación o substitución de componentes de instalaciones de agua y desagüe.
- Plagas derivadas del mal funcionamiento de alguna instalación de la casa.
Costes que debe asumir el inquilino
Como se ha indicado en el apartado anterior, el inquilino siempre deberá hacerse cargo de cualquier desperfecto causado por el mal uso de cualquier electrodoméstico, instalación o objeto que haya en la casa. Por ejemplo, si el piso está amueblado y rompe el cristal de una mesa deberá correr con el gasto. Es en este sentido que existen seguros para inquilinos cuya función es hacer frente a estos gastos.
Además de esto, es responsabilidad del inquilino:
- Las facturas de agua generadas por una fuga puesto que el inquilino paga todo aquello medible con contadores individuales.
- Cambios de bombillas, eliminación de agujeros hechos en la pared para colgar cuadros y todo lo que se ha apuntado en el anterior apartado como gastos de coste menor.
- Daños en la instalación eléctrica a causa de sobrecargas por haber conectado demasiados eléctricos a la red.
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